La compañía organizadora de la promoción es IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES VARMA, S.A., titular de la marca HENDRICK´S GIN, con domicilio a estos efectos en Alcobendas, C/ La Granja nº 15, y con CIF A28430122, que realiza la Promoción “CENAS HENDRICK´S”, con el propósito de incentivar la venta de los productos de la marca de su propiedad “HENDRICK´S GIN”. En adelante nos referiremos al promotor indistintamente como VARMA o EL PROMOTOR.
2.1 La vigencia de la promoción se extenderá de 15 de junio de 2020 a 30 de septiembre de 2020, ambos inclusive.
2.2 La promoción se desarrollará en todo el territorio nacional, por la compra de una botella de ginebra de 70 cl. de la marca “HENDRICK´S GIN”. La adquisición de este producto contendrá un collarín en forma de díptico donde se explicará la promoción.
2.3.- El premio, consistente en una cena del ganador junto con cinco amigos en los restaurantes o establecimientos que la promotora, VARMA, seleccionará en función de distintos parámetros, como cercanía al domicilio del ganador, disponibilidad del local, adecuación de las normas y protocolos de seguridad sanitaria nacidas de la crisis COVID 19, etc.
2.4.- Una vez sean elegidos los ganadores de la presente promoción, y le sea notificado tanto la condición de ganador así como el restaurante en el que se desarrollará la cena en que consiste el premio. El establecimiento estará situado bien dentro del término municipal bien en la provincia de residencia del ganador.
2.5 El premio habrá de ser disfrutado en todo caso antes del 31 de diciembre de 2020. Transcurrida dicha fecha el premio habrá caducado aún en el caso de fuerza mayor, reactivación, reanudación o continuación del Estado de Alarma o cualquier otra disposición administrativa relativa a restricción de movimientos, horarios, protocolos de apertura de establecimientos de hostelería o cualquier otra norma administrativa o gubernamental que impida la ejecución del premio dentro del plazo establecido.
3.1 Sólo podrán participar las personas físicas mayores de 18 años residentes legales en España, entendidas como consumidores finales, que realicen el Esfuerzo Mínimo de participar en la promoción por medio de la adquisición de una botella de HENDRICK´S GIN en cualquier establecimiento que cuente con dicho producto y que el producto en si mismo sea parte de la promoción al portar el collarín díptico distintivo de esta.
3.1 Sólo podrán participar las personas físicas mayores de 18 años residentes legales en España, entendidas como consumidores finales, que realicen el Esfuerzo Mínimo de participar en la promoción por medio de la adquisición de una botella de HENDRICK´S GIN en cualquier establecimiento que cuente con dicho producto y que el producto en si mismo sea parte de la promoción al portar el collarín díptico distintivo de esta.
3.2 Se excluye expresamente de participación a los empleados y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, incluidas parejas de hecho, de VARMA, así como de las sociedades pertenecientes al Grupo, proveedores, colaboradores directos o indirectos, y las encargadas de la realización y organización de la presente Promoción (Agencias de publicidad, diseño, imprenta, notarías, etc).
3.3.- La simple participación en esta Promoción supone la aceptación pura y simple de las presentes Bases Legales y, en consecuencia, aceptación para participar en el mismo sujetándose a las presentes Bases íntegramente, por lo que de cualquier clase de manifestación, ya sea expresa o implícita, de no aceptarlas o las exigencias contrarias a lo establecido en ellas, implicará la exclusión del participante en la presente promoción y, como consecuencia de ello, la Organizadora quedará liberada del cumplimiento de cualquier obligación contraída con dicho participante en virtud de la misma.
EL PROMOTOR se reserva el derecho a dar de baja y excluir automáticamente a cualquier participante del que estime que realiza un mal uso o abuso de la Promoción, con la correspondiente anulación de su participación. Se entiende como mal uso el incumplimiento de cualquier condición de participación incluida en estas bases, o la alteración, modificación o manipulación que pueda suponer un fraude en cuanto a la integridad del collarín distintivo de esta promoción.
4.1 Con la promoción se trata de ofrecer un incentivo con el que incrementar la venta de los productos de la marca HENDRICK´S, concretamente el objeto de promoción: BOTELLA HENDRICK´S GIN 70 Cl.
4.2 Esta promoción es gratuita para el consumidor y no implica pago de cantidad adicional alguna más allá del precio del producto objeto de la promoción, que no se verá incrementado por el hecho de la realización de la Promoción.
4.3 El consumidor recibirá junto con su bebida un collarín con forma de díptico, por medio del cual se identifica que dicho producto es objeto de promoción. En él se explica la mecánica de cómo participar en la promoción que resulta de hacer una foto del ticket de compra y mandarla al microsite de la promoción, “www.cenashendricks.com” el cual es gestionado por la empresa que gestiona la mecánica del concurso, Everyone Plus S.L.
4.4.- De entre todos los participantes se elegirá a 9 ganadores por medio del sistema “momento ganador” que se distribuirá a lo largo del tiempo en que dure la promoción.
5.1 Para participar en la promoción bastará por parte de los consumidores de la adquisición del producto promocionado, una botella HENDRICK´S GIN DE 70 CL que esté dotado con el collarín en forma de díptico distintivo de esta promoción.
5.2 Cada uno de los productos objeto de promoción están dotados e identificados por un collarín en forma de díptico donde el participante tendrá que registrarse en el microsite www.cenashendricks.com. El premio será repartido a lo largo de la duración de la promoción, esto es, entre el 15 de junio y 30 de septiembre de 2020 ambos inclusive, por medio de los denominados momentos ganadores, de los que habrá 18, de los cuales 9 serán como titulares y otros 9 como suplentes. Para el caso de que algún ganador renuncie al premio o no reúna las condiciones específicas de participación, su premio será adjudicado al primer suplente elegido y, caso de no haberlo, al siguiente que sea elegido. Si no hubiera más suplentes, este premio en concreto será considerado desierto.
5.3 Para ser postulante al premio, deberá inscribirse en el microsite indicado “www.cenashendricks.com” donde deberá en caso de ser ganador deberá rellenar un formulario en el que queden reflejados los datos de carácter personal esenciales para su correcta identificación, tales y como son nombre y apellidos, DNI, NIE o Pasaporte, correo electrónico, teléfono, código postal, nombre de supermercado, y dirección de residencia habitual, tal y como se especifica en el apartado 5.5.
Igualmente, deberá adjuntar el ticket de compra, el cual deberá conservar a disposición de la empresa promotora o agencia gestora de la promoción en el caso de ser requerido a aportarlo físicamente.
5.4.- Siendo la modalidad de promoción elegida “momento ganador”, al momento deberá inscribirse, Si el mismo NO ha sido resultado premiado la web le redirigirá a una pantalla en la que se le invita a seguir participando en la promoción. En este caso NO deberá proporcionar ninguno de los datos de carácter personal indicados en el apartado 5.3
5.5.- Para el caso de que SÍ resulte premiado la web , la agencia promotora se pondrá en contacto con el ganador donde se explicará la dinámica de entrega del premio. Será imprescindible conservar el ticket de compra hasta recibir el premio. El Organizador se reserva el derecho a denegar la entrega del premio en caso de que el participante no aporte prueba de dicho ticket de compra en caso de que se le requiera.
La organizadora podrá solicitar a través de los colaboradores con los que el agraciado contacte para comunicar su condición de ganador, el envío de una imagen clara y nítida del ticket de compra.
El Promotor, a través de los agentes por éste designados, se reserva el derecho de solicitar de forma previa a la entrega del premio el envío del ticket de compra, en caso de que se tuviesen sospechas de una eventual manipulación o dudas en la autenticidad del mismo.
No se admitirán tickets de compra que resulten ilegibles, incorrectas, estén dañadas, rotas o en malas condiciones o manipuladas de cualquier manera, perdiendo el participante el derecho al premio.
La entrega efectiva del premio quedará condicionada a que el ganador cumpla con las condiciones especificadas en las presentes bases. VARMA se reserva el derecho de dar de baja y expulsar automáticamente y sin previo aviso a cualquier participante que estime que no está cumpliendo con las condiciones de participación o que está haciendo un mal uso o abuso de la promoción.
El Organizador de la promoción, no se responsabiliza si el ganador no ha proporcionado correctamente su dirección o datos de contacto para notificar el premio. De esta forma, y si finalmente el premio no puede entregarse por este motivo o por otros de esta índole, el participante perderá el derecho al premio.
6.1 El premio de la presente Promoción consiste en la celebración de una cena del ganador junto con cinco acompañantes que el ganador elija a disfrutar en los restaurantes designados por VARMA.
En este sentido se especifica que las condiciones o límites a la efectividad del premio son: una vez elegido el restaurante de la preferencia del ganador, éste dispondrá de un crédito de 48 € por cada uno de los comensales hasta un máximo de 6, esto es, el ganador más los 5 que podrán acompañarle.
Queda claro que, una vez disfrutado el premio, ya sea en compañía de uno o más acompañantes hasta el máximo de 5, o bien el ganador en solitario, no podrá solicitar tantas cenas como comensales no hubieran concurrido a la primera de las celebraciones.
La cuantía máxima a disfrutar por comensal asciende a 48 € por persona, esto es, un máximo de 288 € máximo por evento. En el supuesto de que los comensales excedieran dicha cuantía máxima por celebración, el exceso deberá ser abonado por los comensales como obligación personal dimanante de ellos, sin que pueda ser exigido o reclamado al promotor, esto es VARMA cuantía alguna referida a tal exceso. Por el contrario, las celebraciones que no alcancen el máximo estipulado por comensal o en cómputo global, no podrá serle exigido a VARMA en modo de canje o como ticket, vale o bono para eventos o consumos futuros y en favor del ganador por aquella cuantía diferencial. Esto es, la obligación del promotor queda cumplida y satisfecha en el momento en el que el ganador celebra su premio en los términos y condiciones fijados en estas Bases Legales.
6.2.- El ganador del premio deberá ser mayor de edad, ciudadano español o extranjero con residencia legal en España, siendo estos dos requisitos esenciales. Asimismo los comensales que acompañen al ganador deberán reunir la condición de mayor de edad conforme a la legislación española.
6.3.- Los premios de esta promoción no podrán ser canjeados por su importe en metálico, ni ser objeto de cualquier cambio, alteración, compensación o cesión a petición del ganador.
6.4 Los premios se aceptarán pura y simplemente y en las condiciones y forma en las presentes bases establecida. La renuncia al premio por parte de alguno de los ganadores no les dará ningún derecho de indemnización o compensación.
6.5.- El Promotor está exenta de cualquier responsabilidad por los daños derivados del uso y disfrute de los premios y de los daños que pudieran sufrir los participantes premiados, acompañantes o terceros.
6.6.- El Promotor no está obligado a facilitar, suministrar, proveer o sustituir cualquier tipo de traslado que sea requerido para disfrutar del premio en el establecimiento elegido. Dichos costes de transporte corren por cuenta del ganador. Del mismo modo, tampoco está obligado El Promotor a suplir costes o dietas por desplazamiento, que en todo concepto corresponden a el ganador y sus acompañantes.
A los premios de la presente promoción, si el valor de los mismos diera lugar a ello, les será de aplicación la normativa sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, y cualquier otra legislación tributaria de aplicación, siendo de cargo de agraciado.
El Promotor se reserva el derecho a efectuar cualquier cambio, modificar, ampliar, suspender o cancelar la promoción durante el desarrollo de la misma, comprometiéndose a comunicar con la suficiente antelación las nuevas bases, sin que ello suponga derecho a compensación por los ganadores, toda vez que no han tenido desembolso específico para la participación en la presente promoción.
En el caso de suspensión o cancelación de la realización de esta promoción por causa de la situación producida por COVID 19, siempre que sea posible, se notificará a los ganadores el aplazamiento del disfrute del premio al momento en el que cesen las restricciones temporales de los derechos de libre circulación y reunión. VARMA queda exonerado de cualquier tipo de responsabilidad u obligación en el caso de cancelación, modificación, restricción o limitación en el disfrute del premio por ocasión de disposiciones administrativas o por la imposibilidad de proceder a la ejecución del premio en las condiciones establecidas en las presentes Bases Legales.
9.1 La simple participación en la promoción implica la aceptación de las bases sin reservas, por lo que la manifestación en el sentido de no aceptación de la totalidad o parte de las mismas implicará la exclusión del participante y como consecuencia de ello, El Promotor quedará liberada del cumplimiento de la obligación contraída con dicho participante.
9.2 El Promotor se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier participante que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente promoción.
VARMA se reserva el derecho de emprender acciones judiciales contra aquellas personas que realicen cualquier tipo de acto susceptible de ser considerado manipulación o falsificación de la promoción.
9.3 Los participantes premiados eximen a El Promotor de cualquier responsabilidad derivada de cualquier perjuicio que pudieran sufrir aquellos durante el disfrute de cualquiera de los premios objeto de la presente promoción.
Los participantes ganadores, autorizarán expresamente al participar en la presente promoción su conformidad con la cesión, utilización, publicación y reproducción en todo el mundo y sin limitación, a y por parte de VARMA; de su imagen y nombre en cualquier tipo de publicidad, promoción, publicación, incluido Internet, o cualquier otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos siempre que éstos se relacionen con la presente promoción, sin que ello genere derecho a favor de los ganadores a recibir contraprestación alguna por ello.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo, El Promotor informa a los ganadores de la promoción que los datos personales que facilite, serán incorporados a sus ficheros, con la finalidad de gestionar el desarrollo de la promoción y facilitar el acceso a los premios al ganador. La negativa a suministrar los datos solicitados, determinará la imposibilidad de participar en la promoción, y disfrutar el premio.
Asimismo, y con la única finalidad de gestionar la entrega de los Premios a los ganadores, El Promotor podrá permitir el acceso a los datos a las entidades encargadas de la gestión y entrega de los mismos, o cualquier otra entidad colaboradora que participe en la promoción.
VARMA le informa que, los datos podrán ser utilizados para el envío por medios tradicionales o electrónicos (email, SMS, etc.) de publicidad y ofertas comerciales de la Entidad y demás empresas pertenecientes a El Promotor, de los sectores de fabricación y distribución de productos de alimentación, actividades de interés general sin ánimo de lucro y formación, a las que podrá cederse los datos con dicha finalidad. Consentimiento que podrá revocar en cualquier momento mediante el ejercicio del derecho de oposición en la dirección facilitada a continuación: info@varma.com
Específicamente se le informa que sus derechos son:
Para toda controversia que pudiera surgir en la interpretación y aplicación de las presentes bases, los participantes aceptan el criterio de El Promotor en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la presente promoción, siendo su decisión inapelable.
No obstante, y de manera subsidiaria, tanto los participantes de esta promoción como VARMA con renuncia a su fuero propio si lo hubiere, se someten expresamente a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Madrid para dilucidar las diferencias a que pudiera haber lugar en la interpretación y ejecución de estas bases.